Conozca las Agencias Publicitarias y Consultorías en Comunicación aprobadas
Una nueva sección en nuestro sitio web le informa sobre las Agencias Publicitarias y las Consultorías en Comunicación Social aprobadas tras la entrada en vigor de la Ley 162/2023 “De Comunicación Social” y sus disposiciones normativas reglamentarias.
En “Aprobaciones” – como hemos nombrado a la sección ubicada en nuestro Menú Principal – tendrá una actualización permanente de las Agencias, es decir, las entidades estatales o instituciones de carácter público legalmente constituidas con ese fin, que se dedican de manera profesional y organizada a prestar servicios de publicidad.
Recordamos que para la creación de una agencia publicitaria estas personas jurídicas solicitan la conformidad del presidente del Instituto de Información y Comunicación Social.
En tanto, el Decreto 101 del 2024, Reglamento de la Ley 162/2023 “De Comunicación Social”, establece que los servicios de Consultoría en Comunicación Social pueden brindarse en el país por organizaciones de masas y sociales, entidades estatales e instituciones de carácter público legalmente constituidas.
Para ofrecer los servicios estas personas jurídicas solicitan autorización a la Dirección de Comunicación Organizacional de nuestro Instituto.
En las próximas jornadas le actualizaremos en esta misma sección sobre las entidades que han solicitado el uso de la Marca País y han sido aprobadas y así lo seguiremos haciendo en lo adelante.
Recuerde que puede conocer más sobre la realización de estos Trámites en la sección del menú principal Trámites