ESP|ENG
Atrás

Registros de Publicaciones Seriadas y Sitios Web

Registros de Publicaciones Seriadas y Sitios Web
Marco Jurídico
Eventos
Trámites

Con el objetivo de realizar un diagnóstico de las publicaciones que circulaban en el país y registrarlas, en 1986 se crea la Dirección de Publicaciones Periódicas (DPP) adscrita al Ministerio de Cultura.

Posteriormente, en 1989, con la creación del Instituto Cubano del Libro por Resolución No. 33/89, la DPP pasa a formar parte de su estructura con similares funciones y se fortalece la atención sobre las publicaciones seriadas y sus potenciales lectores.

A inicio de los años 90 decrece el movimiento editorial del país, pero con los primeros síntomas de la recuperación económica surgen publicaciones de distinto tipo y que no tramitaban su registro. Por tanto, en 1997, mediante la Resolución 81/1997 del Ministro de Cultura, se crea el Registro Nacional de Publicaciones Seriadas (RNPS) (formato papel).

Luego, para la difusión de estas publicaciones en formato electrónico se emite la Resolución 56/99 del Ministro de Cultura y se crea dentro del Registro la Sección de Publicaciones Seriadas Electrónicas.

Con el incremento del uso de la INTERNET en Cuba, la aparición de un gran número de sitios web en el panorama de la comunicación social y la aprobación de la Política para la Difusión de Contenidos por Internet, surge en 2009, mediante la Resolución 72 del Ministro de Cultura, el Registro Nacional de Sitios Web, adscrito también a la DPP.

El surgimiento del Instituto de Información y Comunicación Social (ICS) en 2021 y la posterior aprobación el 25 de mayo de 2023 en la Asamblea Nacional del Poder Popular de la Ley 162/2023 “De Comunicación Social”, se decide el traspaso de la DPP del MINCULT al ICS, esta vez como Dirección de Publicaciones Seriadas y Sitios, una dirección del órgano central subordinada a la Dirección General de Comunicación Mediática.

Téngase en cuenta que la nueva normativa establece que los titulares de todos los medios de comunicación social en el ámbito mediático tienen la obligación de inscribirlos en los Registros Nacionales habilitados a tales efectos.

En tal sentido, el Registro Nacional de Publicaciones Seriadas se encarga del proceso de inscripción de las publicaciones seriadas que pertenecen a personas naturales o jurídicas con residencia permanente o temporal en el país.

Se considera, entonces, Publicación Seriada: Cualquier publicación que se proponga salir indefinidamente, con un mismo título, en partes sucesivas, cada una con ordenación numérica o cronológica, independientemente de su denominación, su periodicidad y demás características. (Ej: boletín, revista, periódico, anuario)

Por su parte, el Registro Nacional de Sitio Web se ocupa de la inscripción de los sitios web administrados por personas naturales o jurídicas con residencia permanente o temporal en el país

Se considera Sitio Web: El conjunto de archivos electrónicos y páginas web de contenidos diversos en el espacio público digital, que incluye una página inicial de entrada, con un nombre de dominio y dirección específicos. Se crea y usa por personas naturales y jurídicas, y se accede a él mediante los servicios que brinda el operador público autorizado. Sus contenidos responden a los intereses de comunicación de las personas, instituciones, empresas, organizaciones mediáticas u otras entidades.         

A partir de la entrada en vigor de la Ley 162/2023 “De Comunicación Social” y sus normativas complementarias, realizaremos los siguientes Trámites registrales

  • Inscripción de Publicaciones Seriadas y de Sitios Web.
  • Certificaciones literales de inscripción y/o de información contenida en los expedientes registrales.
  • Actualización de la información registral.
  • Suspensiones temporales o cancelaciones de registros
  • Asesoría en temas referidos a la actividad registral de publicaciones seriadas y de sitios web.

La inscripción de publicaciones seriadas y sitios web en los registros correspondientes es requisito para:

  • Solicitar la inscripción en el registro de ISSN;
  • Solicitar la acreditación de publicación científica;
  • Solicitar la autorización de uso de la Marca País;
  • La contratación de publicidad y patrocinio;
  • Contratar servicios de alojamiento y hospedaje de sitios web con los proveedores legalmente reconocidos en el país.

Marco Jurídico

– Aprobación No. 018/96 Tarifario para los servicios de inscripción y revalidación anual de las publicaciones seriadas. Ministerio de Cultura.

– Resolución 81/1997. Registro Nacional de Publicaciones Seriadas. Reglamento. Ministerio de Cultura.

– Resolución 56/1999. Sobre la inserción de publicaciones seriadas en internet. Ministerio de Cultura.

– Resolución Ministerial 177/1997. Normas y principios para formar y fijar los precios de las publicaciones seriadas. Procedimientos para la oficialización de precios mayoristas y minoristas. Ministerio de Finanzas y Precios.

-Resolución Ministerial 4/2001.Normas para formar y fijar precios en MLC de las publicaciones seriadas cubanas que se venden en el territorio nacional. Ministerio de Finanzas y Precios.

– Resolución 72/2009. Registro Nacional de Sitios Web. Ministerio de Cultura.

– Resolución 73/2009. Reglamento. Registro Nacional de Sitios Web. Ministerio de Cultura.

– Ley 162/23 de Comunicación Social

– Decreto Ley 101/24 Reglamento para la implementación de la Ley

– Decreto Ley 102/24 Reglamento de Publicidad y Patrocinio

Eventos

Trámites

Para solicitar comenzar el proceso para inscribir una publicación seriada o un sitio web, es necesario completar el siguiente formulario y enviarlo a la dirección de correo que aparece a continuación: correo

La Dirección de Publicaciones Seriadas y Sitios Web evaluará las solicitudes recibidas y contactará con el solicitante.

Formulario para inscribir una publicación seriada o un sitio web